Este beneficio fiscal es de carácter rogado, surtiendo efecto a partir del devengo siguiente a aquel en que se produzca la solicitud. Los interesados deben aportar en el Registro General del Ayuntamiento, junto a la solicitud, la acreditación de que el vehículo tiene la antigüedad igual o superior a los 25 años en alguno de los casos citados anteriormente. El Ayuntamiento se reserva la facultad de comprobar e inspeccionar en su caso el cumplimiento de estos requisitos.
Esta propuesta fue presentada y aprobada previamente en el pleno del ayuntamiento el año pasado a raíz de una moción del grupo municipal de Izquierda Unida, cuyo portavoz, Francisco Javier Ruiz, señala que "tal medida no supone en modo alguno un gran perjuicio en los ingresos del consistorio dado el escaso número de estos vehículos en la localidad y el hecho de que la mayoría de los existentes son prácticamente una reliquia y apenas circulan".
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